Esal 2020
La FUNDACIÓN AMBIENTALISTA BOSQUE DE NIEBLA identificada con el Nit. 800251378 y ubicada en UR PROVITEQ UN 1 BL 2 AP 1 B realiza la presentación de documentos para la actualización como Entidad Sin Animo de Lucro ante la DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES y a la comunidad en general
FORMATO PRESENTACION-5245
Informe anual de resultados o de gestión que prevea datos sobre sus proyectos en curso y los finalizados, los ingresos, los contratos realizados, subsidios y aportes recibidos, así como las metas logradas en beneficio de la comunidad.
Documento PDFINFORME ANUAL 2019
2.Los estados financieros de la entidad del año inmediatamente anterior debidamente autorizados por el máximo órgano de administración.
Documento PDF ESTADOS FINANCIEROS 2019
3. Certificación de Requisitos del representante legal o revisor fiscal en el que evidencia que han cumplido con todos los requisitos durante el respectivo año del respectivo año, conforme lo ordena el numeral 13 del parágrafo 2 del artículo 364-5 E.T. NO es necesario adjuntar la declaración de renta.
Documento PDFArticulo 364-5
4. Certificación del Representante Legal de los antecedentes judiciales y declaración de caducidad de contratos estatales de los miembros de la junta directiva, fundadores, representantes legales o miembros de los órganos de dirección de conformidad con el numeral 3 artículo 364-3 E.T.
Documento PDFANTECEDENTES
5. Acta de la asamblea o máximo órgano de dirección que indica el estado de las asignaciones permanentes de los años gravables anteriores de conformidad con el artículo 1.2.1.5.1.27 del Decreto 1625 de 2016.
Documento PDF ACTA DE ASAMBLEA
6. Acta de la Asamblea General o máximo órgano de dirección en el que se aprobó la distribución del beneficio neto o excedente del respectivo año gravable. Numeral 3, Parágrafo 2° del artículo 364-5 ET.
Documento PDFACTA DE ASAMBLEA
7. Certificación donde se indiquen los nombres e identificación de los cargos directivos y gerenciales, y de manera global el concepto y valor de la remuneración de dichos cargos. Aplica para las entidades a que se refieren los artículos 19 y 19-4 del Estatuto Tributario, que tengan ingresos brutos en el año gravable anterior superiores a 3.500 UVT.
Documento PDFCAMARA DE COMERCIO
Documento PDFREMUNERACION DE JUNTA